La Junta de Gobierno Local es el órgano que, bajo la presidencia del alcalde, asiste a éste en el ejercicio de sus funciones y ejerce aquellas actuaciones que el alcalde o el Pleno le deleguen.
La Junta de Gobierno Local responde políticamente ante el Pleno de su gestión de forma solidaria, sin perjuicio de la responsabilidad directa de cada uno de sus miembros.
Corresponde al alcalde nombrar y cesar libremente a sus miembros, cuyo número no podrá exceder de un tercio del número legal de miembros del pleno, además del alcalde.
Las sesiones tienen carácter privado y se celebran normalmente con carácter ordinario la última semana de cada mes.
Se comunica a los vecinos que aquellos asuntos relacionados con licencias de obra mayores, se notifiquen en el ayuntamiento con la anterioridad suficiente para que puedan ser tratados en Junta de Gobierno.