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Preguntas o ruegos al pleno

Finalizada la sesión del Pleno del Ayuntamiento, podrá establecerse un turno para las Preguntas o Ruegos de los ciudadanos,que no constarán en el acta del pleno, y que en todo caso será abierto, ordenado y cerrado por el alcalde.

Los ciudadanos que rellenen el siguiente formulario, con anterioridad a la convocatoria del pleno, tendrá el derecho a que su pregunta o ruego se lleve al pleno y sea respondida o comentada en el mismo, siempre que el equipo de gobierno considere que tienen la entidad suficiente para ser tratadas en el pleno. Las mismas se referirán a la gestión y competencias municipales, y serán contestadas por el concejal responsable o el alcalde. En caso de que no se lleven a pleno, el alcalde o concejal responsable explicará personalmente a la persona que realiza la pregunta o ruego el motivo por el cuál no se ha llevado tal asunto.

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