Dos personas han estado trabajando en el Ayuntamiento durante un año dentro de la subvención para la contratación de personas jóvenes desempleadas en el ámbito de los servicios prestados por las administraciones públicas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, al amparo de la Orden EPE/1981/2022, de 23 de diciembre, por la que se convocan para el año 2023 las subvenciones previstas en la Orden TES/1152/2021, de 24 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación del “Programa de primera experiencia profesional en las administraciones públicas”, de contratación de personas jóvenes desempleadas en el seno de los servicios prestados por dichas administraciones públicas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Más información:
Entidad publicadora: Instituto Aragonés de Empleo
Expedientes:: Z-0024-JOVEM-24, Z-0025-JOVEM-24, Z-0026-JOVEM-24, Z-0027-JOVEM-24
Contratación: 1 persona en cada convocatoria
De conformidad con las normas vigentes, y de acuerdo con la propuesta de resolución elevada por el Jefe del Servicio de Promoción de Empleo, la persona titular de la Dirección Gerencia del Instituto Aragonés de Empleo emite la siguiente
RESOLUCIÓN:
Visto el expediente promovido por RUBÉN MARCO ARMINGOL, en representación de la entidad AYUNTAMIENTO DE MALLÉN, en solicitud de subvención del Programa JOVEM para la contratación de personas jóvenes desempleadas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil para su participación en un proyecto de interés general y social promovido por la citada entidad al amparo de la Orden EPE/38/2023, de 20 de enero, por la que se aprueba el “Programa JOVEM” y se establecen sus bases reguladoras para la concesión de subvenciones a otorgar por el Instituto Aragonés de Empleo para fomentar la contratación de personas jóvenes desempleadas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil en colaboración con entidades locales, entidades públicas, universidades y entidades sin ánimo de lucro, en el marco del Programa FSE+ Aragón 2021-2027 (modificada por la Orden EEI/147/2024, de 6 de febrero) convocadas para el año 2024 por la ORDEN EEI/266/2024, de 15 de marzo.
Más información:
Entidad publicadora: Instituto Aragonés de Empleo
Expediente:: Z-0027-JOVEM-23
Contratación: 5 personas
De conformidad con las normas vigentes, y de acuerdo con la propuesta de resolución elevada por el Jefe del Servicio de Promoción de Empleo, la persona titular de la Dirección Gerencia del Instituto Aragonés de Empleo emite la siguiente
RESOLUCIÓN:
Visto el expediente promovido por RUBÉN MARCO ARMINGOL, en representación de la entidad AYUNTAMIENTO DE MALLÉN, en solicitud de subvención del Programa JOVEM para la contratación de personas jóvenes desempleadas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil para su participación en un proyecto de interés general y social promovido por la citada entidad al amparo de la Orden EPE/38/2023, de 20 de enero, por la que se aprueba el “Programa JOVEM” y se establecen sus bases reguladoras para la concesión de subvenciones a otorgar por el Instituto Aragonés de Empleo para fomentar la contratación de personas jóvenes desempleadas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil en colaboración con entidades locales, entidades públicas, universidades y entidades sin ánimo de lucro, en el marco del Programa FSE+ Aragón 2021-2027. convocadas para el año 2023 por la Orden EPE/421/2023, de 31 de marzo.
Más información:
Entidad publicadora: Instituto Aragonés de Empleo
Expediente:: Z-0003-EMPLE-23
Contratación: 2 personas
De conformidad con las normas vigentes, y de acuerdo con la propuesta de resolución elevada por el Jefe del Servicio de Promoción de Empleo, la Directora Gerente del Instituto Aragonés de Empleo emite la siguiente
RESOLUCIÓN:
Visto el expediente promovido por D. RUBÉN MARCO ARMINGOL, en representación de la entidad AYUNTAMIENTO DE MALLEN, C/ PLAZA ESPAÑA, Nº1 de MALLEN (ZARAGOZA) en solicitud de subvención del
Programa Emple-AR para la contratación de personas desempleadas con dificultades de acceso al mercado de trabajo para su participación en un proyecto de interés general y social promovido por la citada entidad al amparo de la Orden EPE/261/2023, de 3 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por el Instituto Aragonés de Empleo para fomentar la contratación de personas desempleadas con dificultades de acceso al mercado de trabajo en colaboración con entidades locales, entidades públicas, universidades y entidades sin ánimo de lucro, convocadas para el año 2023 por la Orden EPE/577/2023, de 27 de abril.
Más información:
Entidad publicadora: Instituto Aragonés de Empleo
Expediente:: Z-0002-EMPLE-23
De conformidad con las normas vigentes, y de acuerdo con la propuesta de resolución elevada por el Jefe del Servicio de Promoción de Empleo, la Directora Gerente del Instituto Aragonés de Empleo emite la siguiente
RESOLUCIÓN:
Visto el expediente promovido por D. RUBÉN MARCO ARMINGOL, en representación de la entidad AYUNTAMIENTO DE MALLEN, C/ PLAZA ESPAÑA, Nº1 de MALLEN (ZARAGOZA) en solicitud de subvención del Programa Emple-AR para la contratación de personas desempleadas con dificultades de acceso al mercado de trabajo para su participación en un proyecto de interés general y social promovido por la citada entidad al amparo de la Orden EPE/261/2023, de 3 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por el Instituto Aragonés de Empleo para fomentar la contratación de personas desempleadas con dificultades de acceso al mercado de trabajo en colaboración con entidades locales, entidades públicas, universidades y entidades sin ánimo de lucro, convocadas para el año 2023 por la Orden EPE/577/2023, de 27 de abril.
Más información:
Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE MALLÉN
Número de registro: 5723/2020
Fecha de entrada: 18/08/2020
Materia: Ayudas y Subvenciones
SECCIÓN SEXTA
Núm. 5723
AYUNTAMIENTO DE MALLÉN
Extracto de la resolución de Alcaldía de fecha 18 de agosto de 2020 por la que se convocan subvenciones destinadas a empresarios autónomos y empresas radicadas en Mallén especialmente afectados por la emergencia sanitaria de la COVID-19 para el año 2020, por el procedimiento de concurrencia competitiva.
BDNS(Identif.): 520477.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la base de datos nacional de subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/520477).
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en relación con el artículo 15 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la base de datos nacional de subvenciones https://www.pap.hacienda.gob.es y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Mallén: https://mallen.sedelectronica.es.
El código de identificación que haya asignado la BDNS a la convocatoria es 520477.
Primero. — Beneficiarios.
Podrán acogerse a las subvenciones de esta convocatoria los solicitantes que reúnan una de las dos situaciones siguientes:
— Tener la condición de empresario autónomo o empresa radicadas en Mallén que hayan tenido que mantener cerrado su establecimiento o paralizada actividad con motivo de la declaración del estado de alarma el 14 de marzo de 2020.
— Tener la condición de empresarios autónomos o empresa radicadas en Mallén que haya disminuido su facturación más de un 50% durante los meses de marzo, abril y mayo de 2020, respecto del mismo periodo del año 2019.
Deberán tener el domicilio social de la empresa en el municipio de Mallén o, en el caso de los empresarios individuales, encontrarse empadronados en el municipio de Mallén; y hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, así como de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Mallén.
No podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en las presentes bases las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias contenidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como las demás prohibiciones previstas en la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.
Segundo. — Objeto.
La subvención tiene por finalidad el apoyo a cubrir gastos de los autónomos y empresas de Mallén realizados en los comercios y empresas con establecimiento en Mallén, tanto para la realización de su actividad como para su economía doméstica. El importe de las ayudas solicitadas deberá haberse gastado íntegramente en la economía local de Mallén.
No serán objeto de subvención los siguientes gastos:
a) Los impuestos y tasas municipales.
b) Pago de procedimientos judiciales.
c) Amortización de préstamos y otros gastos financieros.
d) Gastos notariales.
e) Los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
f) Los gastos referidos a los siguientes conceptos: Gastos de comisiones bancarias por mantenimiento de cuentas y realización de operaciones en sucursales que tengan establecimiento en Mallén.
*Gastos de provisión de servicios de internet, telefonía y consumo eléctrico.
Tercero. — Bases reguladoras.
Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en la Ordenanza específica para la concesión de subvenciones destinadas a empresarios autónomos y empresas radicadas en Mallén especialmente afectados por la emergencia sanitaria de la COVID-19 aprobada en fecha 11 de junio de 2020, y publicada en el BOPZ núm. 182 de fecha 8 de agosto de 2020.
Cuarto. — Cuantía de la ayuda.
Los créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención son los siguientes.
Ejercicio aplicación presupuestaria importe
2020 4339.47900 32000 euros
Las cuantías de las ayudas son las siguientes:
Línea 1 de ayudas por cierre de establecimiento o cese de actividad durante el estado de alarma es de 600 euros.
Línea 2 de ayudas por reducción en más de un 50% de la facturación durante los meses de marzo, abril y mayo de 2020 respecto del mismo periodo de 2019 es de 400 euros.
Solo puede solicitarse ayuda en una de las dos líneas de subvenciones.
Quinto. — Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como anexo de la convocatoria. Se dirigirán al alcalde-presidente del Ayuntamiento, y se presentarán en el registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, hasta el 16 de noviembre de 2020, desde la publicación del extracto de la convocatoria en el BOPZ, tal y como se recoge el artículo 6.2 del Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas.
Las personas jurídicas deberán presentar las solicitudes por medios telemáticos en la sede electrónica del Ayuntamiento de Mallén en la dirección mallen.sedelectronica.es
La presentación en las dependencias del Ayuntamiento de Mallén requerirá de la solicitud de cita previa reservada telefónicamente o mediante los servicio de la sede electrónica del Ayuntamiento de Mallén.
Sexto. — Otros datos.
Podrá solicitarse información en la dirección electrónica ayuntamiento@mallen.es y la descarga de anexos para la tramitación estará disponible en la sede electrónica en la dirección: mallen.sedelectronica.es
Ver Anexo Convocatoria para concesión de subvención
Descargar Anexo Documentación para tramitación
Mallén, 18 de agosto de 2020. — El alcalde-presidente, Rubén Marco Armingol.
Por Resolución de Alcaldía de fecha 18 de diciembre de 2019, se aprobó la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos de la convocatoria para la creación de una bolsa de trabajo para personal de limpieza de edificios municipales.
Ver anuncio en el boletín oficial de la provincia.
Es objeto de estas bases la regulación de la realización de una oposición para formar una lista de personas interesadas en suscribir contratos laborales temporales con la categoría de personal de limpieza.
La lista así formada estará en vigor durante el plazo de cinco años, si bien su vigencia podrá prorrogarse el tiempo necesario para formar una nueva lista o concluir antes en caso de realización de pruebas selectivas para la formación de una nueva lista.
Cuando la acumulación de tareas, la realización de servicios determinados o la necesidad de cobertura temporal de los puestos de trabajo requieran la contratación de personal de limpieza, se ofrecerá a las personas seleccionadas por el orden de su puntuación la posibilidad de suscribir el correspondiente contrato laboral temporal. El rechazo de una oferta de empleo sin la debida justificación implicará el pase a la última posición de la lista.
La contratación se efectuará por resolución de Alcaldía. El tipo de contrato, su duración y la jornada de trabajo dependerá de las necesidades que justifiquen en cada caso la contratación.
Descargar – SOLICITUD/INSTANCIA
Con el fin de incentivar la calidad académica y de reconocer el esfuerzo y la dedicación de los alumnos en sus estudios, desde el Ayuntamiento de Mallén se ha creado la Beca de estudios “Mallén Talent”, qué premiará, mediante una aportación económica, a aquellos estudiantes que hayan obtenido la mejor puntuación.
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